“Son matrimonios comprometidos quienes, al experimentar un profundo amor por Cristo, y compenetrados del espíritu del Movimiento se comprometen con el Señor”.( Art. 101)
El compromiso lo realizan ante el Presidente de “Hogares Nuevos – Obra de Cristo”, de modo privado mientras es temporal y públicamente con su concreción definitiva.
El Presidente puede delegar a un Sacerdote Misionero de la Familia o a una Misionera de la Familia para recibir el compromiso temporal o definitivo de un matrimonio.
Requiere la primera vez, una antigüedad en el Movimiento de al menos cinco años. Se emite por un año, renovables cinco veces. El sexto compromiso es definitivo.
Consiste en:
a) Formarse y vivir según el espíritu de “Hogares Nuevos”.
b) Anunciar la Buena Nueva sobre el matrimonio y la familia.
c) Defender los derechos de la familia, el amor y la vida.
d) Entregar talentos y capacidades al servicio de la acción pastoral del Movimiento “Hogares Nuevos”.
e) Testimoniar la vivencia total e incondicional de la castidad conyugal, la pobreza en la sencillez, la solidaridad con los más necesitados y desde el propio compromiso apostólico, y la búsqueda obediente de la voluntad de Dios a partir de su Palabra evangélica.
Fuente: ”Estatuto y Reglamento Hogares Nuevos Obra de Cristo”, Artículos 101-106